¿Una propiedad horizontal debe implementar un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo? Es una pregunta frecuente que se escucha en las asambleas de copropietarios del último año.
La respuesta es SI, toda propiedad horizontal, sin importar si es residencial, comercial o de uso de mixto, tiene que implementar un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
La propiedad horizontal y obligación de un sistema de gestión
El artículo 2.2.4.6.1 del Decreto 1072 de 2015 establece el campo de aplicación de un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo:
«Artículo 2.2.4.6.1. Objeto y Campo de Aplicación. El presente decreto tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo -SG-SST, que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión».
Es posible que una propiedad horizontal no cuente con empleados, pero sí cuente con contratistas, la normatividad es clara: «los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo» deben implementar el SG-SST.
En la Resolución 0312 de 2019 se confirma esta afirmación, en el artículo primero:
«Artículo 1°. Campo de aplicación y cobertura. La presente resolución se aplica a los empleadores públicos y privados, a los trabajadores dependientes e independientes, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones u asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral, las empresas de servicios temporales, estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales y los trabajadores en misión; a las administradoras de riesgos laborales; a la Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las fuerzas militares, quienes deben implementar los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales».
Por lo anterior, no queda duda de la obligación de toda propiedad horizontal con la seguridad y la salud en el trabajo.
La propiedad horizontal sin empleados
¿La implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo depende de si hay empleados o no?
Algunas copropiedades que solo cuentan con contratistas han determinado no implementar el sistema, sin embargo esto es un error, como se ha explicado previamente, sin importar la forma de contratación, la propiedad horizontal debe implementar el SG-SST y cumplir los estándares mínimos del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
La implementación de un SG-SST implica la participación y compromiso de todos los miembros de la propiedad horizontal, incluyendo residentes, empleados y proveedores de servicios. A través de la concientización y formación en seguridad y salud, se promueve una cultura de prevención y se fomenta la responsabilidad compartida en el cuidado de la seguridad y salud en la propiedad.
Por lo tanto un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) es fundamental en una propiedad horizontal para proteger la salud y seguridad de los residentes y empleados, cumplir con las regulaciones legales, reducir costos y riesgos, mejorar la imagen y fomentar una cultura de prevención.
REFERENCIAS
Garzón, L. E. (2015). Ministerio de Trabajo. https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/0/DUR+1072+Sector+Trabajo+Actualizado+a+Marzo+25+de+2022.pdf/5d3900e5-03a7-f7e2-3b6a-2bd1e3b162cf?t=1648845402458.
ARANGO OLMOS, A. V. (2019, 19 febrero). https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/59995826/Resolucion+0312-2019-+Estandares+minimos+del+Sistema+de+la+Seguridad+y+Salud.pdf. Ministerio de trabajo.